Empleados de:
Concepto | Unidad | Base | Remunerativo | No Remunerativo | Descuento |
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Preguntas frecuentes
Para poder liquidar sueldos de empleados de comercio hay que tener en cuenta los componentes obligatorios como el sueldo básico, presentismo (8.33%), antiguedad (1% por cada año trabajado) y los descuentos obligatorios del sindicato como SEC (2%), faecys (0.5%) además de los descuentos obligatorios por ley como jubilación, ley 19032 y obra social. También hay que tener en cuenta la escala salarial en el período que se está liquidando ya que puede haber conceptos no remunerativos.
Los descuentos obligatorios en el recibo de sueldo por ley son jubilacion (11%), ley 19032 (3%) y obra social (3%), además si el empleado se encuentra en algún convenio colectivo de trabajo (CCT) puede tener descuentos obligatorios como cuota sindical, mutual, seguro de vida, etc.
Los conceptos remunerativos son las sumas monetarias que recibe un trabajador periódicamente como un sueldo básico, adicionales, horas extras, etc. En cambio, un concepto no remunerativo es una retribución específica que no está relacionada con el salario y es de un momento especifico, como por ejemplo bonos, viáticos, etc.